Herencias y sucesiones en España: lo que debe saber

Gestionar una herencia es una de las tareas más delicadas a las que puede enfrentarse una familia.

En España, los trámites y obligaciones fiscales vinculados a las herencias y sucesiones pueden ser complejos y estresantes si no se cuenta con un asesoramiento adecuado.

En Oteca le explicamos cómo funciona este proceso y qué pasos debe seguir para evitar errores costosos o retrasos innecesarios.

¿Qué es una herencia y qué se transmite?

Una herencia incluye el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida.

No solo hablamos de casas, dinero o vehículos, sino también de posibles deudas. La aceptación de una herencia implica asumir todo lo que contiene el patrimonio, tanto lo positivo como lo negativo.

Los herederos tienen tres opciones:

  1. Aceptar pura y simplemente (asumes bienes y deudas).
  2. Aceptar a beneficio de inventario (limitas tu responsabilidad a lo heredado).
  3. Renunciar a la herencia.

Herencias y sucesiones en España: conceptos centrales para 2026

Concepto

Qué significa

Cuándo se aplica

Referencia normativa

Herencia

Conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona transmite tras su fallecimiento.

Siempre que exista un patrimonio que transmitir a los herederos.

Código Civil arts. 657-661

Sucesión testamentaria

La transmisión del patrimonio se realiza conforme a lo establecido en un testamento válido otorgado por el fallecido.

Cuando el causante ha dejado testamento ante notario o en forma válida según la ley.

Código Civil arts. 667-743

Sucesión intestada

Reparto de la herencia cuando no existe testamento. La ley determina quiénes son los herederos y en qué orden.

Cuando el fallecido no dejó testamento o este resulta inválido.

Código Civil arts. 912-958

Herederos forzosos

Personas que tienen derecho a una parte mínima de la herencia (legítima), aunque el testador disponga lo contrario.

Principalmente hijos, descendientes, cónyuge o ascendientes según el caso.

Código Civil arts. 806-822

Legado

Bien o derecho concreto que el testador deja a una persona determinada dentro del testamento.

Cuando el testamento asigna bienes específicos a determinados beneficiarios.

Código Civil arts. 858-891

Aceptación de la herencia

Acto mediante el cual el heredero manifiesta su voluntad de recibir la herencia.

Puede ser pura y simple o a beneficio de inventario.

Código Civil arts. 988-1034

Renuncia a la herencia

Decisión del heredero de no aceptar el patrimonio del fallecido.

Cuando existen deudas, conflictos familiares o falta de interés en la herencia.

Código Civil arts. 1008-1010

Tipos de sucesiones: con testamento o sin él

Existen dos grandes tipos de sucesión:

  • Testamentaria: cuando el fallecido ha otorgado testamento. Es el caso más sencillo, ya que sus voluntades están claras y legalmente recogidas.
  • Intestada: si no existe testamento, se aplica el orden sucesorio previsto por el Código Civil, que prioriza a hijos, padres, cónyuge y hermanos.

En ambos casos, hay que recopilar varios documentos:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Copia autorizada del testamento (si lo hay).
  • Declaración de herederos (si no lo hay).

¿Cómo gestionar los trámites de una herencia entre hermanos paso a paso?

Una vez comprendida la fiscalidad de una herencia, es importante conocer qué trámites deben realizar los herederos y en qué orden. Consulte nuestra guía práctica para gestionar una herencia entre hermanos correctamente.

Trámites necesarios para heredar en España

Para llevar a cabo una sucesión completa se deben realizar los siguientes trámites:

  • Inventario y valoración de bienes.
  • Redacción del cuaderno particional.
  • Pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • Firma ante notario de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia.
  • Cambio de titularidad de inmuebles y cuentas bancarias.

Estos pasos pueden durar varios meses y conviene iniciarlos lo antes posible, especialmente por las implicaciones fiscales.

Plazos habituales en la tramitación de una herencia en España

Trámite

Plazo legal orientativo

Qué debe saber

Liquidación del Impuesto de Sucesiones

6 meses desde el fallecimiento

Se puede solicitar prórroga de otros 6 meses si se pide dentro de los primeros 5 meses.

Solicitud de prórroga del impuesto

Hasta el quinto mes tras el fallecimiento

Permite ampliar el plazo de presentación del impuesto.

Aceptación o renuncia de la herencia

Sin plazo fijo general

Puede exigirse judicialmente si un interesado solicita que el heredero se pronuncie.

Declaración de herederos (sin testamento)

Variable

Depende de la obtención de documentación y del procedimiento notarial.

Inscripción de inmuebles heredados

Tras la escritura de herencia

Es necesaria para poder vender o transmitir la propiedad.

Referencia normativa: Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (Ley 29/1987) y normativa autonómica vigente en 2026.

El Impuesto de Sucesiones en España

Este impuesto debe liquidarse en los seis meses siguientes al fallecimiento, aunque se puede solicitar una prórroga de otros seis si se hace dentro de los cinco primeros meses.

El importe a pagar depende de varios factores:

    • Valor de los bienes heredados.

    • Grado de parentesco con el fallecido.

    • Comunidad autónoma (las bonificaciones varían mucho entre regiones).

Por ejemplo, Madrid, Andalucía, Murcia o Galicia ofrecen bonificaciones de hasta el 99% para descendientes directos. En cambio, comunidades como Asturias o Castilla y León tienen una tributación más elevada.

¿Qué pasa si la herencia incluye bienes en el extranjero?

Cada vez es más común encontrar herencias internacionales. En estos casos hay que verificar:

    • Si existe convenio de doble imposición entre los países implicados.
    • Qué legislación predomina según el último domicilio del fallecido.

Procedimientos de legalización o apostilla de documentos.

Planificación sucesoria: prevenir es ahorrar

Redactar un testamento claro y actualizado evita muchos conflictos familiares. Además, permite planificar la herencia desde un punto de vista fiscal y patrimonial, reduciendo impuestos y asegurando la voluntad del testador.

Recomendamos:

  • Revisar su testamento si tu situación familiar o económica ha cambiado.
  • Valorar donaciones en vida si quiere ayudar a sus herederos antes del fallecimiento.
  • Planificación fiscal de herencias con asesoramiento especializado.

Porque cada herencia tiene implicaciones fiscales que conviene analizar con antelación. En Oteca Asesores ofrecemos asesoría especializada en herencias y sucesiones, ayudándole a comprender la fiscalidad aplicable y a organizar la transmisión del patrimonio con seguridad y claridad.

¿Por qué contar con asesoría profesional en herencias?

Gestionar una herencia sin conocimientos legales o fiscales puede resultar en errores graves, como perder beneficios fiscales, aceptar deudas no conocidas o enfrentarse a conflictos entre herederos. Por eso, en Oteca nos dedicamos a: 

    • Calcular correctamente impuestos y evitar sanciones.
    • Asesorar si tiene dudas sobre aceptar o renunciar.
    • Redactar correctamente testamentos y particiones.
    • Representar ante notarios, registros y Hacienda.
    • Resolver situaciones complejas como la herencia de empresas familiares o propiedades compartidas.

La mejor elección comienza con la asesoría adecuada

Aceptar una herencia, redactar un testamento o resolver una sucesión puede parecer complicado, pero con el acompañamiento correcto todo es más fácil.

En Oteca estamos aquí para guiarle en cada paso. Analizamos su situación familiar y patrimonial con detalle y le ofrecemos soluciones jurídicas y fiscales adaptadas a sus necesidades.

Contáctenos hoy y agendaremos una cita para asesorarle sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre herencias y sucesiones en España

¿Es obligatorio aceptar una herencia?

No. Puedes renunciar a la herencia si hay deudas o no te interesa. También puedes aceptarla a beneficio de inventario.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se abre una sucesión intestada y se aplica el orden legal de herederos. Será necesario tramitar una declaración de herederos ante notario.

¿Puedo hacer testamento sin abogado?

Sí, pero se recomienda hacerlo con asesoría profesional para asegurar su validez y evitar ambigüedades legales.

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?

Depende del número de bienes, herederos y de si hay testamento o no. Los costes notariales, registrales e impuestos pueden variar. Consulta sin compromiso en Oteca Asesores.

¿Se puede repartir una herencia sin ir al notario?

No en todos los casos. Si hay bienes inmuebles, es imprescindible hacerlo mediante escritura pública ante notario.

Hablemos sin compromiso.

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