Herencias y sucesiones en España: lo que debe saber

Gestionar una herencia es una de las tareas más delicadas a las que puede enfrentarse una familia.

En España, los trámites y obligaciones fiscales vinculados a las herencias y sucesiones pueden ser complejos y estresantes si no se cuenta con un asesoramiento adecuado.

En Oteca, explicamos cómo funciona este proceso y qué pasos debe seguir para evitar errores costosos o retrasos innecesarios.

¿Qué es una herencia y qué se transmite?

Una herencia incluye el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida.

No solo hablamos de casas, dinero o vehículos, sino también de posibles deudas. La aceptación de una herencia implica asumir todo lo que contiene el patrimonio, tanto lo positivo como lo negativo.

Los herederos tienen tres opciones:

  1. Aceptar pura y simplemente (asumes bienes y deudas).

  2. Aceptar a beneficio de inventario (limitas tu responsabilidad a lo heredado).
  3. Renunciar a la herencia.

Tipos de sucesiones: con testamento o sin él

Existen dos grandes tipos de sucesión:

  • Testamentaria: cuando el fallecido ha otorgado testamento. Es el caso más sencillo, ya que sus voluntades están claras y legalmente recogidas.

  • Intestada: si no existe testamento, se aplica el orden sucesorio previsto por el Código Civil, que prioriza a hijos, padres, cónyuge y hermanos.

En ambos casos, hay que recopilar varios documentos:

  • Certificado de defunción.

  • Certificado de últimas voluntades.

  • Copia autorizada del testamento (si lo hay).

  • Declaración de herederos (si no lo hay).

Trámites necesarios para heredar en España

Para llevar a cabo una sucesión completa se deben realizar los siguientes trámites:

  • Inventario y valoración de bienes.

  • Redacción del cuaderno particional.

  • Pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

  • Firma ante notario de la escritura de aceptación y adjudicación de herencia.

  • Cambio de titularidad de inmuebles y cuentas bancarias.

Estos pasos pueden durar varios meses y conviene iniciarlos lo antes posible, especialmente por las implicaciones fiscales.

El Impuesto de Sucesiones en España

Este impuesto debe liquidarse en los seis meses siguientes al fallecimiento, aunque se puede solicitar una prórroga de otros seis si se hace dentro de los cinco primeros meses.

El importe a pagar depende de varios factores:

    • Valor de los bienes heredados.

    • Grado de parentesco con el fallecido.

    • Comunidad autónoma (las bonificaciones varían mucho entre regiones).

Por ejemplo, Madrid, Andalucía, Murcia o Galicia ofrecen bonificaciones de hasta el 99% para descendientes directos. En cambio, comunidades como Asturias o Castilla y León tienen una tributación más elevada.

¿Qué pasa si la herencia incluye bienes en el extranjero?

Cada vez es más común encontrar herencias internacionales. En estos casos hay que verificar:

    • Si existe convenio de doble imposición entre los países implicados.

    • Qué legislación predomina según el último domicilio del fallecido.

Procedimientos de legalización o apostilla de documentos.

Planificación sucesoria: prevenir es ahorrar

Redactar un testamento claro y actualizado evita muchos conflictos familiares. Además, permite planificar la herencia desde un punto de vista fiscal y patrimonial, reduciendo impuestos y asegurando la voluntad del testador.

Recomendamos:

  • Revisarstu testamento si tu situación familiar o económica ha cambiado.

  • Valorar donaciones en vida si quieres ayudar a tus herederos antes del fallecimiento.

Consultar con profesionales para conocer los efectos legales y fiscales de cada decisión.

¿Por qué contar con asesoría profesional en herencias?

Gestionar una herencia sin conocimientos legales o fiscales puede resultar en errores graves, como perder beneficios fiscales, aceptar deudas no conocidas o enfrentarse a conflictos entre herederos. Por eso, en Oteca nos dedicamos a: 

    • Calcular correctamente impuestos y evitar sanciones.
    • Asesorar si tiene dudas sobre aceptar o renunciar.
    • Redactar correctamente testamentos y particiones.
    • Representar ante notarios, registros y Hacienda.
    • Resolver situaciones complejas como la herencia de empresas familiares o propiedades compartidas.

La mejor elección comienza con la asesoría adecuada

Aceptar una herencia, redactar un testamento o resolver una sucesión puede parecer complicado, pero con el acompañamiento correcto todo es más fácil.

En Oteca estamos aquí para guiarle en cada paso. Analizamos su situación familiar y patrimonial con detalle y le ofrecemos soluciones jurídicas y fiscales adaptadas a sus necesidades.

Contáctenos hoy y agendaremos una cita para asesorarle sin compromiso.

Preguntas frecuentes sobre herencias y sucesiones en España

¿Es obligatorio aceptar una herencia?

No. Puedes renunciar a la herencia si hay deudas o no te interesa. También puedes aceptarla a beneficio de inventario.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se abre una sucesión intestada y se aplica el orden legal de herederos. Será necesario tramitar una declaración de herederos ante notario.

¿Puedo hacer testamento sin abogado?

Sí, pero se recomienda hacerlo con asesoría profesional para asegurar su validez y evitar ambigüedades legales.

¿Cuánto cuesta tramitar una herencia?

Depende del número de bienes, herederos y de si hay testamento o no. Los costes notariales, registrales e impuestos pueden variar. Consulta sin compromiso en Oteca Asesores.

¿Se puede repartir una herencia sin ir al notario?

No en todos los casos. Si hay bienes inmuebles, es imprescindible hacerlo mediante escritura pública ante notario.

Hablemos sin compromiso.

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