Reducción del Impuesto de Sociedades para Pymes 2025 y cómo calcularlo

Las obligaciones de carácter tributario alcanzan a todas las personas jurídicas de España. En una guía exclusiva de Oteca Asesores para las PYMES, vamos a conocer en detalle cómo se calcula el Impuesto de Sociedades y cuándo debe presentarse en este 2025.

Cada inicio de año resulta una fecha trascendental para su pequeña o mediana compañía, ya que es momento de planificar el calendario fiscal y contable para garantizar cumplir sus obligaciones y propiciar un desarrollo estable y sin contratiempos.

Panorama general: ¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

No tendría sentido plantear el ejercicio para aprender cómo calcular el Impuesto de Sociedad si el lector no está en tema, lo cual siempre puede suceder. 

Empecemos por una definición clara y concisa: el Impuesto de Sociedades es un tributo directo que grava los beneficios obtenidos por personas jurídicas y algunas entidades sin personalidad jurídica. 

Este impuesto debe presentarse anualmente a través del Modelo 200. La base imponible se calcula sobre el resultado contable ajustado, considerando las normas fiscales vigentes.

Tabla gráfica con los tipos y porcentajes del Impuesto de Sociedades

25%Tipo general aplicable a la mayoría de las empresas.
23%Tipo especial para cooperativas protegidas fiscalmente
20%Tasa reducida para entidades con ingresos anuales inferiores a 1 millón de euros
15%Nuevas empresas durante sus dos primeros ejercicios con beneficios
10%Entidades sin fines de lucro
1%Sociedades de inversión regulada

Tipo y porcentaje impositivo vigente en 2025

Comprender a qué tipo de Impuesto de Sociedades aplica su empresa es el eslabón primario de la planificación fiscal previo a aprender cómo calcular el mismo. 

¿Qué datos necesitas para calcular el Impuesto de Sociedades correctamente?

Antes de utilizar un software de cálculo del Impuesto de Sociedades o iniciar el procedimiento manual, es fundamental contar con toda la documentación y cifras actualizadas. Esto evitará errores y permitirá aprovechar posibles deducciones o compensaciones fiscales.

Los datos imprescindibles incluyen:

  • Balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
  • Detalle de gastos deducibles y no deducibles (como sanciones o donativos no justificados).
  • Historial de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores, si las hubiera.
  • Justificantes de inversiones en I+D+i o tecnologías aplicables a deducciones fiscales.
  • Pagos fraccionados realizados a lo largo del ejercicio.
  • Documentación que acredite bonificaciones (como contratos bonificados por empleo).

Contar con un asesor fiscal o con un buen programa para calcular el Impuesto de Sociedades agiliza este proceso, reduce errores y garantiza el cumplimiento con Hacienda.

Impuesto de Sociedades: ¿cómo se calcula de forma práctica y sin complicaciones?

A continuación, la guía de instrucciones que usted debe seguir para calcular el Impuesto de Sociedades. Una explicación clara, sin rodeos y con conceptos sencillos de entender.  

Pasos para calcular el Impuesto de Sociedades

  • Determinar el resultado contable
    • El primer paso de la guía consiste en calcular el beneficio neto de la empresa, es decir, la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos realizados durante el ejercicio fiscal.
  • Ajustar diferencias permanentes y temporales
    • Para continuar, es necesario identificar qué gastos o ingresos no son fiscalmente deducibles o tienen un tratamiento especial. Estas afectan la base imponible. En este punto emergen conceptos como las diferencias permanentes y las diferencias temporales 
  • Aplicar bases imponibles negativas
    • Si su empresa presenta pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, estas pueden compensarse con los beneficios actuales, reduciendo la base imponible.
  • Calcular la cuota íntegra
    • Multiplique la base imponible ajustada por el tipo del Impuesto de Sociedades correspondiente.
  • Incorporar deducciones
    • Como las relacionadas con I+D o inversiones. La asesoría fiscal de Oteca y sus profesionales altamente preparados le ayudarán a dar y gestionar las deducciones que el sistema fiscal español ofrece y apliquen a su empresa.
  • Restar pagos a cuenta
    • Durante el ejercicio, las empresas deben realizar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto de Sociedades. Estos pagos se restan de la cuota final.
  • Obtener la cuota diferencial
    • Esta cantidad será el importe final a abonar. Atención porque si el saldo es negativo, la empresa tiene derecho a una devolución. En síntesis, representa el monto final a pagar o devolver y es el último paso del procedimiento.

Saber cuánto es el Impuesto de Sociedades para su negocio requiere seguir este proceso con precisión.

Ejemplo práctico para mostrar cómo calcular el Impuesto de Sociedades

Tras la explicación detallada y con palabras de cómo calcular el Impuesto de Sociedades, un ejemplo práctico mucho más acotado, pero con las cifras y cantidades que entran en juego.

Datos del ejemplo prácticoProceso del cálculo a realizar
Resultado contable ajustado: 120.000 €Base imponible: 120.000 € – 30.000 € = 90.000 €
Bases negativas: 30.000 €Cuota íntegra: 90.000 € × 25% = 22.500 €
Tipo impositivo: 25%Cuota ajustada: 22.500 € – 8.000 € = 14.500 €
Deducción por inversión tecnológica: 8.000 €Cuota diferencial: 14.500 € – 15.000 € = -500 €
Pagos fraccionados: 15.000 €Balance final: la empresa tiene derecho a una devolución de 500 €

¿Cuándo se presenta el Impuesto de Sociedades?

Uno de los ítems más importantes a tener en claro es cuándo se debe presentar el Impuesto de Sociedades. Aquí, el cómo y el cuándo tienen una relevancia similar para la estabilidad fiscal y financiera de su empresa.

El plazo general para presentar el Impuesto de Sociedades es dentro de los 25 días naturales posteriores a los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal. 

Para graficar con mayor claridad, si el ejercicio concluye el 31 de diciembre, la declaración debe presentarse antes del 25 de julio del año siguiente.

Evita sanciones y multas con Oteca Asesores

No presentar el Impuesto de Sociedades dentro del plazo correspondiente puede representar severas sanciones para su empresa, desde el 1% hasta el 15% más los intereses de la demora.

La figura técnica de esta infracción es “recargos por declaración extemporánea”. La Consultoría para Pymes de Oteca es un servicio no solo para hacer más competitiva su empresa, sino para evitar estas infracciones fiscales.   

Además, si Hacienda le envía un requerimiento por falta de presentación del IS la multa oscilará entre el 50% y el 150% del resultado de la declaración.

Reducción escalonada del Impuesto de Sociedades para PYMES: de 2025 a 2029

El Gobierno español ha planteado una reducción progresiva del tipo general del Impuesto de Sociedades para pequeñas y medianas empresas, con el objetivo de aliviar la carga fiscal e impulsar la competitividad del tejido empresarial.

Según el calendario previsto (pendiente de publicación oficial en el BOE, pero adelantado en los planes fiscales del Ministerio de Hacienda), la rebaja escalonada sería la siguiente:

Año fiscalTipo reducido para PYMES con facturación < 1 M €
202523% (ya en vigor)
202622%
202721%
202820%
202919%

Para poder aplicar estos tipos reducidos, la empresa debe cumplir los requisitos de facturación máxima, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no incurrir en pérdidas sistemáticas.

Reducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades

Existen numerosas deducciones en el Impuesto de Sociedades que pueden reducir significativamente la cuota a pagar. 

Entre las deducciones fiscales más habituales del sistema español encontramos las siguientes: 

  • Inversiones en tecnologías.
    • Reducciones del 12% al 20% aplicables a proyectos tecnológicos que mejoren los procesos internos o los productos de la empresa.
  • Gastos en innovación y desarrollo (I+D).
    • Deducciones de hasta el 42% de los gastos relacionados con actividades innovadoras, incluidos costes de personal y materiales. 
  • Bonificaciones por creación de empleo.
    • El Gobierno español incentiva la generación de empleo con beneficios fiscales. Estas deducciones son especialmente relevantes para empresas que contraten a determinados colectivos, como personas con discapacidad o jóvenes y mayores de 45 años.

¿Su empresa se acoge a alguna de las deducciones fiscales que plantea el Gobierno Español? Contacte con Oteca Asesores para consultar sobre su negocio, sin compromiso, y disfruta de un asesoramiento personalizado y con rápida respuesta.

La importancia de un buen asesoramiento y el valor de Oteca Asesores

Una buena gestión fiscal y financiera es clave para la estabilidad y el desarrollo a futuro saludable de su empresa y, entre muchos factores, por ser un aliado para cumplir sus obligaciones tributarias. 

En esta línea, comprender cómo calcular el Impuesto de Sociedades, llevar adelante el ejercicio y presentar a tiempo el IS, es una de las obligaciones primarias para su negocio. Y Oteca Asesores en Málaga es todo lo que usted necesita.

Contáctenos para tener a disposición un ecosistema de profesionales que le ofrezcan las soluciones adaptadas para su negocio. El éxito de su proyecto está en elegir Oteca y confiarle la gestión fiscal a los mejores asesores especializados.

Preguntas frecuentes acerca de

cómo calcular el Impuesto de Sociedades

¿Qué gastos no son deducibles en el cálculo del impuesto?

Los gastos no deducibles incluyen multas, sanciones, donativos no amparados por deducciones fiscales, y algunos gastos personales que no están relacionados con la actividad económica de la empresa.

Tal y como indica el nombre, en la conceptualización del mundo fiscal un gasto no deducible es aquel que no se puede descontar para el cálculo de la base imponible de su proyecto.

¿Qué ocurre si la empresa tiene pérdidas de ejercicios anteriores?

Las pérdidas pueden compensarse con beneficios futuros mediante la aplicación de bases imponibles negativas, reduciendo la base imponible actual y, en consecuencia, la cuota a pagar.

¿Qué sucede si una empresa no presenta el Impuesto de Sociedades a tiempo?

La falta de presentación o el retraso en la presentación puede conllevar sanciones económicas, recargos por extemporaneidad e intereses de demora calculados sobre la cuota adeudada.

Oteca Asesores y Consultores en Málaga brinda un servicio de asesoría fiscal de excelencia para cumplir sus obligaciones tributarias, respaldar la estabilidad de su negocio y evitar sanciones por falta o retraso de presentación de los impuestos.

¿Es obligatorio disponer de asesoramiento fiscal en Málaga para presentar el Impuesto de Sociedades?

No, no es un requisito que exija de manera obligatoria el Gobierno Español para presentar sus responsabilidades tributarias. 

Pero, aunque no es obligatorio, es altamente recomendable tener un servicio de asesoría especializado para garantizar el cumplimiento de la normativa fiscal, aprovechar todas las deducciones posibles y evitar errores costosos.

¿Qué son las diferencias temporales y cómo afectan al cálculo del impuesto?

Las diferencias temporales son ajustes que afectan la base imponible en un ejercicio fiscal, pero que se revierten en periodos futuros. Los ejemplos más comunes incluyen amortizaciones y provisiones.

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