Tercer trimestre para autónomos: la checklist antes de presentar IVA e IRPF en octubre

Ignacio Moreno

Director Gerente de Oteca Asesores y Consultores. Especialista en fiscalidad y contabilidad para pymes y autónomos de Málaga, con foco en seguridad y tranquilidad normativa.

Octubre es uno de los meses de mayor carga fiscal para el autónomo: hay que cerrar el tercer trimestre autónomos y presentar, en el mismo plazo, el Modelo 303 de IVA y el Modelo 130 de IRPF (o el 131 si tributa en módulos). Con la vuelta de la actividad tras el verano, es fácil que algún dato se quede fuera de la declaración.

En Oteca Asesores revisamos cada trimestre los libros de ingresos y gastos de nuestros autónomos antes de presentar, precisamente para evitar el error más caro: declarar de más o de menos porque falta una factura o una retención por cuadrar.

 

Qué hay que presentar en octubre: Modelo 303 y Modelo 130 tercer trimestre

Con carácter general, en octubre se presentan dos modelos referidos al periodo julio-septiembre:

  • Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA, con el IVA repercutido en sus facturas menos el IVA soportado deducible en sus gastos.
  • Modelo 130 tercer trimestre (estimación directa) o Modelo 131 (módulos): pago fraccionado a cuenta del IRPF.

No todos los autónomos deben presentar el Modelo 130. Según la Agencia Tributaria, quedan exonerados quienes, en el año natural anterior, tuvieron al menos el 70 % de sus ingresos sujetos a retención o ingreso a cuenta. 

En la práctica, esto suele afectar a profesionales que facturan casi en exclusiva a empresas españolas que ya les retienen en factura.

 

Modelo 130 tercer trimestre: cómo se calcula

El pago fraccionado se calcula de forma acumulada desde el 1 de enero, no solo sobre el trimestre:

Pago = 20 % × (ingresos acumulados − gastos acumulados) − pagos fraccionados anteriores − retenciones soportadas

Ejemplo de cálculo

ConceptoImporte acumulado (enero-septiembre)
Ingresos36.000 €
Gastos deducibles9.000 €
Rendimiento neto27.000 €
20 % sobre el rendimiento5.400 €
Retenciones ya soportadas900 €
Pagos fraccionados de 1T y 2T3.100 €
A ingresar en el 3T1.400 €

Si el resultado sale negativo, no hay que ingresar nada, pero la declaración debe presentarse igualmente: el Modelo 130 no admite la simple omisión cuando no toca pagar.

Conviene recordar que ese 20 % no es su tipo definitivo de IRPF: es un anticipo. El impuesto real se calcula en la Declaración de la Renta del año siguiente, aplicando la escala progresiva; si su rendimiento anual es alto, puede quedar una diferencia por pagar en junio, y si es bajo, Hacienda le devuelve. 

Nuestra guía sobre gastos deducibles para autónomos le puede ayudar a revisar qué está incluyendo (y qué se le puede estar quedando fuera) antes de calcular este pago.

 

Plazos del tercer trimestre 2026 que debe vigilar

TrámitePlazo
Presentación Modelo 303 y 130/131 (3T)Del 1 al 20 de octubre de 2026
Domiciliación bancaria del pagoHasta el 15 de octubre de 2026
Si presenta fuera de plazo sin requerimientoRecargo del 1 % + 1 % adicional por cada mes completo de retraso

El 20 de octubre de 2026 cae en martes, así que este año no hay prórroga por fin de semana ni festivo nacional: el plazo se cumple tal cual.

 

Checklist antes de presentar en octubre

  • Facturas emitidas y recibidas del trimestre completas, incluidas las de julio y agosto, que en muchos negocios se dejan para septiembre.
  • Retenciones soportadas correctamente registradas y sumadas al cálculo acumulado, no solo a las del trimestre.
  • Gastos deducibles con factura completa (no valen tickets simplificados sin sus datos) y relacionados con la actividad.
  • Cuota de autónomos del trimestre incluida como gasto deducible en el cálculo del rendimiento neto.
  • Revisión de si sigue exonerado del Modelo 130 por el criterio del 70 % de retenciones, con los datos del año natural anterior, no del actual.
  • Decisión sobre domiciliar o no el pago, teniendo en cuenta que adelanta el plazo al día 15.

 

Errores frecuentes en la declaración trimestral de octubre

  • Calcular el Modelo 130 solo sobre el trimestre, en lugar de acumulado desde enero, lo que descuadra el importe a ingresar.
  • Aplicar el criterio del 70 % con datos del año en curso en vez del año natural anterior, presentando o dejando de presentar el Modelo 130 por error.
  • Olvidar alguna factura de julio o agosto, especialmente en negocios que retoman el ritmo normal tras el verano.
  • No revisar si procede el Modelo 303 sin actividad, en trimestres de bajo movimiento; puede consultar nuestra guía sobre el Modelo 303 IVA sin actividad si es su caso.
  • Presentar fuera de plazo por confiar en el recordatorio del banco en lugar de en el calendario fiscal propio.

 

Así revisamos en Oteca Asesores su tercer trimestre antes de presentarlo

En Oteca Asesores cuadramos su libro de ingresos y gastos, confirmamos si le corresponde presentar el Modelo 130 según el criterio del 70 % y calculamos el pago acumulado real antes de la fecha límite, para que en octubre solo tenga que revisar y aprobar, no perseguir facturas de última hora.

Si su complejidad fiscal va más allá del trimestre (varios regímenes, clientes con y sin retención, actividad que empezó a mitad de año), nuestra asesoría para autónomos en Málaga puede revisar su caso concreto con margen suficiente antes del 20 de octubre.

Preguntas frecuentes sobre el tercer trimestre de autónomos

¿Qué modelos hay que presentar en octubre?

Con carácter general, el Modelo 303 de IVA y el Modelo 130 de IRPF (estimación directa) o Modelo 131 (módulos), correspondientes al periodo julio-septiembre.

¿Quién está exonerado de presentar el Modelo 130?

Los autónomos que, en el año natural anterior, tuvieron al menos el 70 % de sus ingresos de la actividad sujetos a retención o ingreso a cuenta.

¿El 20 % del Modelo 130 es lo que voy a pagar de IRPF ese año?

No. Es un pago a cuenta provisional. El impuesto definitivo se calcula en la Declaración de la Renta del año siguiente, aplicando la escala progresiva del IRPF sobre su rendimiento neto anual.

¿Qué pasa si el resultado del Modelo 130 sale negativo?

No hay que ingresar nada ese trimestre, pero la declaración debe presentarse igualmente.

¿Qué ocurre si presento el Modelo 303 o el 130 fuera de plazo?

Sin requerimiento previo de Hacienda, se aplica un recargo del 1 % más un 1 % adicional por cada mes completo de retraso, sin intereses de demora durante los primeros doce meses.

Hablemos sin compromiso.

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